Implantación de planes de igualdad en la empresa.

El sábado 28 de abril, se publicaron en el Boletín Oficial del Estado las bases reguladoras de las ayudas convocadas por el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades para la implantación de planes de igualdad en las empresas españolas.

¿Cuál es el objeto de esta ayuda?

El objetivo de estas bases es la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas y entidades de entre 30 y 250 personas trabajadoras, que elaboren e implanten por primera vez planes de igualdad entre hombres y mujeres. La concesión se hará en régimen de concurrencia competitiva.

¿Qué requisitos deben tener estos planes?
  1. Objetivo central: alcanzar en la empresa la equidad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, eliminar la discriminación por razón de sexo en las empresas.
  2. Garantías: compromiso por parte de la dirección de la empresa, participación e implicación de la representación legal de las personas trabajadoras.
  3. El plan y las acciones a realizar se llevarán a cabo utilizando y fomentando un lenguaje no sexista.
  4. Se deberán impulsar principalmente, acciones en relación con las áreas de trabajo siguientes:
    • Acceso al empleo: igualdad de oportunidades de acceso a cualquier puesto de la entidad.
    • Condiciones de trabajo: clasificación profesional, igualdad en materia retributiva, tipología de contrato, presencia de mujeres en cargos de responsabilidad.
    • Promoción profesional y formación: reglas de ascenso basadas en criterios que no lleven a situaciones de discriminación según sexo. Acciones de formación y sensibilización en equidad de oportunidades y no discriminación.
    • Ordenación de tiempo de trabajo: medidas de adaptación de la jornada para favorecer, en términos de igualdad, la conciliación de la vida, personal y familiar, así como, la corresponsabilidad.
    • Prevención y actuación frente el acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
    • Uno no discriminatorio del lenguaje, la comunicación y la publicidad.
  5. Desarrollo necesario de las siguientes fases:
    • Diagnóstico de la situación de la entidad en materia de igualdad, incluyendo datos estadísticos desagregados por sexo.
    • Elaboración de un plan de igualdad que recojan medidas que corrijan las deficiencias detectadas en el diagnóstico.
    • Primera fase de la aplicación de las medidas del plan de igualdad.
¿Qué gastos se subvencionan?

Se subvencionará el importe total (sin incluir el IVA) de los gastos especificados a continuación y con un máximo de 10.000 euros para entidad:

  • Importe correspondiente al coste derivado de la elaboración de diagnóstico de la situación de la entidad.
  • Gastos derivados de la elaboración del plan de igualdad.
  • Gastos de implantación de la primera fase del plan: campañas de sensibilización, interna y/o externa, acciones de formación, nuevas contrataciones relacionadas….
¿Qué entidades podrán ser beneficiarias?

Las empresas, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones de entre 30 y 250 personas trabajadoras que adopten por primera vez un plan de igualdad.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía máxima de subvención será de 9.000 euros por entidad.

¿Y…hasta cuándo pueden solicitarse?

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 12/05/2018.

Para saber más puede consultar las bases completas aquí.