Ayudar a las pymes a implantar la igualdad laboral, la adopción de medidas de conciliación, o la implantación de sistemas de gestión de responsabilidad social empresarial.
Las pymes con trabajadores, y con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, que tengan una tasa de estabilidad en su plantilla de por lo menos el 50%.
1- Elaboración e implantación de planes de igualdad (para empresas entre 10 y 49 trabajadores).
Hasta el 80% de los costes derivados de la diagnosis, elaboración e implantación de un plan de igualdad, elaborado según las directrices que marca el RD 901/2020 que regula los planes de igualdad.
2-Conciliación de la vida laboral y personal.
Línea 1 Fomento del Teletrabajo: formalizar un acuerdo de teletrabajo con una persona ya vinculada a la empresa a jornada completa y con una antigüedad de por lo menos un año, y/o realizar una nueva contratación en la modalidad de teletrabajo a jornada completa. En ambos casos, el acuerdo que regule el trabajo en remoto, establecerá un mínimo del 50% de la jornada en teletrabajo y por un período de tiempo no inferior a dos años. La ayuda será con carácter general de 2.000€ por persona, con el límite de 8.000€ por empresa. Se excluyen de esta línea las empresas del sector TIC. Los acuerdos han de cumplir todos los requisitos de la Ley del trabajo a distancia 10/2021.
Línea 2 Flexibilidad Horaria: Hasta 8.000€ para aquellas empresas, con un mínimo de 5 trabajadores, que establezcan en un convenio colectivo de empresa, o mediante un acuerdo entre la empresa y trabajadores, medidas de flexibilidad horaria. Podrá acordarse cualquier medida como: sistemas de compensación de días y horas, jornada laboral continua, semana laboral comprimida, permisos especiales retribuidos en caso de emergencias familiares o implantación de días de libre disposición. El acuerdo adoptado deberá detallar las medidas que se van a implantar de manera que queden reflejadas las mejoras propuestas con respecto a la situación anterior y el compromiso de que dichas medidas se mantendrán durante la duración del acuerdo, que no podrá ser inferior a 2 años.
Línea 3 Adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo: Hasta el 80% con un tope de 1.500€ por trabajador beneficiario, para la adquisición de elementos tecnológicos necesarios para la implantación efectiva del teletrabajo. La empresa ha de tener formalizado y en vigor, un acuerdo de teletrabajo que cumpla con los requisitos de la Ley del trabajo a distancia 10/2021.
3-Certificación de Responsabilidad Social Empresarial
Se incentivará hasta el 80% con un máximo de 2.000€, la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial, para empresas de por lo menos 5 trabajadores.
Un mes a contar desde el 7 de febrero.
Todas las solicitudes se valorarán y concederán, en función de criterios tales como: tamaño de la empresa, tasa de estabilidad laboral, incidencia en el entorno geográfico, que la administradora sea una mujer, integración de personas con discapacidad en la empresa, mejoras propuestas, etc.