Nuevas medidas y restricciones en Galicia por la evolución del COVID-19

Como muchos ya sabréis en la tarde de ayer se han publicado en el DOGA nuevas medidas de prevención específicas aplicables para todo el territorio de la Comunidad Autónomo de Galicia. Medidas que se han tomado como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19 en nuestra comunidad (consultar aquí DOGA) .

Entre todas las medidas destacamos a continuación las más importantes:

  • Cierre perimetral de todos los municipios de la Comunidad Autónoma.
  • Limitación de la movilidad entre las 22:00 y las 06:00 horas, salvo motivos justificados.
  • Limitación de la entrada y salida de personas de la Comunidad Autónoma de Galicia desde las 00:00 del 27/01/2021 hasta las 00:00 del día17/02/2021.
  • Limitación de permanencia de grupos de personas a los constituidos exclusivamente por personas convivientes (tanto en espacios de uso público como privados), salvo motivos justificados (actividades laborales, empresariales, profesionales, educativas…siempre que se cumplan las medidas de seguridad).
  • Hostelería: permanecerán todos los establecimientos cerrados; podrán prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio o para su recogida en el local; el servicio de entrega a domicilio podrá realizarse hasta las 24:00 horas.
  • Hostelería situada dentro de centros educativos: limitación de la actividad para servicio a docentes o trabajadores del centro educativo; el alumnado únicamente podrá hacer recogida de alimentos o bebidas.
  • Comercio esencial: supermercados, tiendas de alimentación y bebidas, farmacias, gasolineras, talleres, etc. Hasta las 21:30h.
  • Comercio al por menor no esencial: máximo 50% de aforo y podrán permanecer abiertos hasta las 18:00h. Los centros comerciales permanecerán cerrados los fines de semana.
  • Actividades de servicios profesionales con establecimientos abiertos al público (peluquerías, agencias de viajes, centros estética…y demás servicios con establecimiento): no podrán superar el aforo del 50%.
  • Cierre de gimnasios y centros deportivos.
  • La práctica de actividad física y deportiva sólo podrá realizarse al aire libre, y de forma individual, o bien con personas convivientes, y con la utilización de mascarilla.
  • Actividades en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza: se podrá impartir la formación de manera presencial, siempre que no se supere el 50% del aforo; se dará prioridad, si es posible, a la actividad lectiva no presencial (telemática).
  • Cerradosmuseos, bibliotecas y espectáculos.  También los centros sociales.
  • Educación universitariasin clase hasta el 8 de febrero. Se mantiene la educación presencial en el resto de niveles.

 

Entrada en vigor 00.00 horas del miércoles 27 de enero, con una duración mínima de 3 semanas (inicialmente hasta las 00:00 horas del día 17/02/2021).