Ayudas obtención y/o mantenimiento de la marca Q de Calidad Turística.

Hoy, 13 de mayo se han publicado en el DOGA las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a la obtención y/o mantenimiento de la Q de Calidad Turística del Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE).

Estas ayudas se dirigen a las personas físicas y jurídicas (pymes) titulares de establecimientos o servicios turísticos que cumplan con los requisitos de las bases. Además, deberán estar inscritas en la actividad turística para la cual que solicita la ayuda en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (REAT).

Los datos que figuren en este registro deberán coincidir con los remitidos en la solicitud: establecimiento, titularidad y representación.

Podrán optar: los establecimientos de turismo rural, los establecimientos hoteleros, apartamentos y viviendas turísticas. También los campamentos de turismo, agencias de viajes, cafeterías, bares y restaurantes.

Los conceptos que se subvencionan:

Se consideran actuaciones subvencionables las que se dirijan a la mejora de la calidad turística mediante procesos de primera certificación, seguimiento y/o renovación de marca Q de Calidad Turística (ICTE), para el año 2019 y que se inicien a partir del 01 de enero del 2019. Concretamente, se podrán subvencionar:

  • Los costes de auditoría externa de certificación, seguimiento y/o renovación del sistema, facturados por la entidad auditora acreditada por el ICTE. Sólo del año 2019.
  • Costes derivados de los derechos de uso de la marca Q en el año 2019, una vez alcanzada la certificación, seguimiento y/o renovación del establecimiento, facturados por el ICTE.

En ningún caso serán subvencionables los gastos de intereses deudores en cuentas bancarias. Tampoco los recargos o sanciones administrativos y penales. Los tributos serán subvencionables cuando la persona beneficiaria los abone efectivamente. No serán subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

Cuantías:

El porcentaje máximo subvencionable se calculará con base en la puntuación alcanzada los por los proyectos presentados siguiendo la siguiente tabla:

PUNTOS%AYUDA
51-10055
31-5050
0-3045

En cualquier caso, las subvenciones concedidas no podrán superar los siguientes máximos:

  • 2.000 euros para los procesos de 1ª Certificación y/o renovación de la marca Q y 1.000 euros para procesos de seguimiento.
  • Para las solicitudes cuya auditoría externa se realice mediante la modalidad multisite, el importe máximo sería de 3.000 euros para procesos de 1ª Certificación y/o renovación de la marca Q, y de 2.000 euros para procesos de seguimiento.

Plazos de interés:

El plazo de solicitud se inicia el 14 de mayo y finaliza el 13 de junio del 2019

El plazo de justificación para las personas beneficias finalizará el 30 de noviembre del 2019.

Si necesitas más información al respecto, no dude en consultarnos.