Programa extraordinario, ayudas para autónomos y microempresas.

Programa extraordinario para autónomos y microempresas con actividades especialmente paralizadas por el covid-19. 

Se han publicado en el DOG las bases de ayudas para autónomos y microempresas especialmente paralizadas por la crisis del Covid-19, en régimen de concurrencia no competitiva (se asignarán las ayudas por orden de entrada hasta agotamiento del crédito).

Consiste en una ayuda económica a las personas trabajadoras autónomas y microempresas, especialmente paralizadas, para hacer frente a la situación económica motivada por la pandemia Covid-19, que contribuya al mantenimiento de la actividad económica y del empleo.

Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA, como trabajadores por cuenta propia, comunidades de bienes, sociedades civiles, microempresas y mutualistas, que estén de alta, que tengan su domicilio fiscal en Galicia y que tengan un alta anterior al 01/01/2019; deben de acreditar una bajada de facturación de, al menos, un 65% en el año 2021 respecto al año 2019. Se exige también que en el año 2019 se hubiesen facturado al menos 4.000 €.

Quedan excluidas las actividades de hostelería, hoteles, hostales, casas rurales, agencias de viaje, ocio nocturno, pesca y actividades culturales como orquestas (salvo aquellos casos en los que no tengan establecimiento abierto al público).

IMPORTE DE LAS AYUDAS:

El importe de la ayuda irá en función de la facturación del año 2019:

  • Facturación superior a 30.000 €: 12.000 € de ayuda.
  • Facturación superior a 20.000 € y hasta 30.000 €: 8.000 € de ayuda.
  • Facturación superior a 12.000 € y hasta 20.000 €: 6.000 € de ayuda.
  • Facturación superior a 8.000 € y hasta 12.000 €: 4.000 € de ayuda.
  • Facturación superior a 5.000 € y hasta 8.000 €: 2.000 € de ayuda.
  • Facturación igual o superior a 4.000 € y hasta 5.000 €: 1.000 € de ayuda.
  PLAZOS DE SOLICITUD:

El plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes desde el día siguiente a la publicación de esta Orden.