IV Plan de Rescate para Trabajadores Autónomos y Microempresas

Hoy se ha publicado en el DOG, la Orden de 18 de octubre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras del cuarto programa de ayudas destinados a Trabajadores Autónomos y a Microempresas.

Sus puntos más destacados son:

  • Podrán optar los autónomos y empresas cuya fecha de alta sea anterior al 01/01/2020, con domicilio fiscal en Galicia y al corriente de obligaciones tributarias.
  • Las ayudas tendrán carácter finalista, es decir, deberán aplicarse obligatoriamente a satisfacer deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como costes fijos. Estos gastos tienen que haberse producido entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y proceder de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021. 
  • La actividad de la empresa se ha de mantener hasta 30 de junio de 2022.
  • No se podrán aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección, durante 2 años.
  • La empresa no podrá repartir dividendos en 2021 y 2022.
  • Cuantía de la ayuda:
    • Personas trabajadoras autónomas en régimen de estimación directa (módulos): 3.000 euros (siempre que acrediten cantidades pendientes superiores a esa cantidad).
    • Resto de personas trabajadoras autónomas y empresas, que hayan tenido una reducción en la facturación de, al menos un 30% entre el año 2020 y 2019, y además declarasen beneficios en 2019: Cuantía mínima de 4.000€ (siempre que acrediten cantidades pendientes superiores a esa cantidad). La cuantía máxima no podrá superar el importe de las deudas pendientes relacionadas en la solicitud. Tampoco podrá superar el 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019, que supere el 30 %.
  • El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 29 de noviembre de 2021 (incluido). Las solicitudes se resolverán por orden de entrada hasta agotar el crédito disponible.