El 31 de marzo termina el plazo para solicitar el pago adelantado del “Cheque Familiar”

El Cheque Familiar es una deducción del impuesto sobre la renta para familias numerosas o con ascendientes o hijos discapacitados. Se trata de una ayuda de 1200€ anuales para las familias de categoría General y de 2400€ si es de categoría Especial.

Se puede también solicitar el pago adelantado de esta ayuda, lo que supondría un abono por parte de la Agencia Tributaria de 100€ al mes(o 200€ en caso de categoría Especial)

 

BENEFICIARIOS

  • Familias numerosas que tengan al menos 3 hijos ( se debe acreditar con el título de Familia Numerosa)
  • Familia numerosa especial. Es decir, con 5 o más hijos, o que tengan 4 hijos y con unos ingresos anuales no superiores al 75% de IPREM.
  • Familias monoparentales. Un solo padre, o madre soltero, divorciado o viudo con dos hijos como mínimo, menores de 25 años.
  • Familias con hijos dependientes con una discapacidad superior al 33% o con ascendiente dependiente con el mismo grado de discapacidad. Se debe acreditar también con Certificados Oficiales.
  • Los pensionistas o parados con prestación por desempleo también podrán acceder a esta ayuda siempre que tengan a su cargo personas con discapacidad o familia numerosa

 

DOCUMENTACIÓN

  • Certificado de discapacidad y título de familia numerosa.
  • Modelo 143
  • NIF de cada solicitante
  • IBAN de la cuenta bancaria del solicitante.

 

PRESENTACIÓN

  • Presencial: En cualquier oficina de la Agencia Tributaria presentado en modelo 143.
  • Por internet: Con DNI electrónico o el Pin24h.
  • Por teléfono: Llamando al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el 901 200 345 e indicando el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF del año anterior.

 

PLAZO

El límite es el 31 de marzo para solicitar el pago adelantado de esta ayuda. Si ha habido alguna variación en los datos que afecten al cobro por adelantado de este Cheque Familiar, se debe comunicar en un plazo máximo de 15 días desde que se tenga conocimiento del hecho. En caso contrario puede derivarse en la retirada de la ayuda.

 

TIPOS DE SOLICITUDES

En los casos en que varias personas tengan derecho a esta desgravación, la solicitud se puede tramitar de dos maneras:

  • Individual: Se presentará una solicitud para cada contribuyente con derecho al Cheque Familiar y se divide el importe entre el número de personas que tienen derecho a ella.
  • Colectiva: La presentan de forma conjunta todos los contribuyentes con derecho a la ayuda y la Agencia Tributaria abona el importe en la cuenta del que figure como primer solicitante