AYUDAS REALIZACIÓN FESTIVALES, FERIAS, MUESTRAS Y CERTÁMENES

EL 23 de mayo del 2016 se publica en el DOGA las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a instituciones sin fines lucrativos, entidades locales gallegas y agrupaciones de ayuntamientos.

¿CUÁL ES EL OBJETO DE LAS AYUDAS?

El objeto de estas ayudas es el financiamiento de los gastos corrientes derivados de la realización de festivales, feiras, muestras, ciclos y certámenes de artes escénicas y musicales de carácter aficionado para el año 2016.

Se incluyen los gastos corrientes derivados de la realización de los programas y actividades desarrollados desde el 1 de enero de 2016 hasta la fecha límite de justificación.

Para efectos de esta convocatoria se entenderá por programas o actividades culturales concretas aquellos destinados a la promoción y cooperación cultural y a la difusión y animación sociocultural que contribuyan a la promoción de la cultura de Galicia.

PODRÁN SER BENEFICIARIOS/AS…

las instituciones sin ánimo de lucro domiciliadas en Galicia, así como las entidades locales gallegas y agrupaciones de ayuntamientos que lleven a cabo alguno de los eventos descritos en el objeto de la convocatoria.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se considerarán gastos subvencionables aquellos gastos corrientes que de forma indudable respondan a la realización del proyecto, así como los gastos de difusión y publicidad en cualquiera soporte, en el que se hará constar el logotipo da Xunta de Galicia; alquiler de espacios, servicios y equipamientos técnicos, cachés de los grupos y compañías, así como los viajes y alojamientos de los participantes de las actividades propuestas.

Todos los gastos subvencionables deberán estar pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.

No serán subvencionables:

  • Inversiones o adquisiciones de materia lo equipos que supongan un incremento del patrimonio del solicitante.

  • Gastos protocolarios.

  • Degustaciones gastronómicas y actividades complementarias que no tengan carácter cultural.

IMPORTE DE LA AYUDA

La ayuda máxima por beneficiario será de 6.000 euros, pero en ningún caso puede exceder del 70% del presupuesto total. Este importe de 6.000 euros ascenderá a 7.500 euros cuando se trate de solicitudes conjuntas de entidades locales.

En ningún caso, puede superar el coste de las actividades desarrolladas por las entidades beneficiarias.

Presentación de la solicitud hasta el 24 de junio del 2016

Si desea conocer más información sobre estas ayudas no dude en contactarnos