Ayudas Q de Calidad Turística 2020: obtención y mantenimiento

Ayudas obtención y/o mantenimiento de la marca Q de Calidad Turística 2020

Hoy, 02 de marzo se han publicado en el DOGA las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a la obtención y/o mantenimiento de la Q de Calidad Turística del Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE).

Estas ayudas se dirigen a las personas físicas y jurídicas (pymes) titulares de establecimientos o servicios turísticos que cumplan con los requisitos de las bases. Además, deberán estar inscritas en la actividad turística para la cual que solicita la ayuda en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (REAT).

Los datos que figuren en este registro deberán coincidir con los remitidos en la solicitud: establecimiento, titularidad y representación.

Podrán optar: los establecimientos de turismo rural, los establecimientos hoteleros, apartamentos y viviendas turísticas. También los campamentos de turismo, agencias de viajes, cafeterías, bares y restaurantes.

Los conceptos que se subvencionan:

Se consideran actuaciones subvencionables las que se dirijan a la mejora de la calidad turística mediante procesos de primera certificación, seguimiento y/o renovación de marca Q de Calidad Turística (ICTE), para el año 2020 y que se inicien a partir del 01 de enero del 2020. Concretamente, se podrán subvencionar:

  • Los costes de auditoría externa de certificación, seguimiento y/o renovación del sistema, facturados por la entidad auditora acreditada por el ICTE. Sólo del año 2020.
  • Costes derivados de los derechos de uso de la marca Q en el año 2020, una vez alcanzada la certificación, seguimiento y/o renovación del establecimiento, facturados por el ICTE.

En ningún caso serán subvencionables los gastos de intereses deudores en cuentas bancarias. Tampoco los recargos o sanciones administrativos y penales. Los tributos serán subvencionables cuando la persona beneficiaria los abone efectivamente. No serán subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

Cuantías

El porcentaje máximo subvencionable se calculará con base en la puntuación alcanzada los por los proyectos presentados siguiendo la siguiente tabla:

PUNTOS%AYUDA
51-10050
31-5045
0-3040

En cualquier caso, las subvenciones concedidas no podrán superar los siguientes máximos:

  • 2.000 euros para los procesos de 1ª Certificación y/o renovación de la marca Q y 1.000 euros para procesos de seguimiento.
  • Para las solicitudes cuya auditoría externa se realice mediante la modalidad multisite, el importe máximo sería de 3.000 euros para procesos de 1ª Certificación y/o renovación de la marca Q, y de 2.000 euros para procesos de seguimiento.

Plazos de interés.

El plazo de solicitud se inicia el 03 de marzo y finaliza el 03 de abril del 2020.

El plazo de justificación para las personas beneficias finalizará el 30 de noviembre del 2020.