AYUDAS PARA LA ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD EN LA EMPRESA

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EL 20 de mayo del 2016 se publica en el BOE la convocatoria para las ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes a este año 2016. Estas subvenciones las convoca el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

 

OBJETO

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas para fomentar la elaboración e implantación de un plan de igualdad para alcanzar en la entidad la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y para eliminar la discriminación por razón de sexo.

 

BENEFICIARIOS

Empresarios, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones, que posean entre 30 y 250 personas trabajadoras y que, por primera vez, elaboren e implementen planes de igualdad para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.

 

REQUISITOS PLANES DE IGUALDAD

Que reúnan los siguientes:

  1. 1. Tengan como objetivo: alcanzar en su empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.

  2. 2. Garantizar el compromiso de la dirección de la empresa y de las propias personas trabajadoras.

  3. 3. El plan de igualdad y las acciones se deberán llevar a cabo utilizando y fomentando un lenguaje no sexista.

  4. 4. Deberán impulsar principalmente acciones en relación con las siguientes áreas de trabajo:

      • – Área de acceso al empleo: igualdad de oportunidades.

      • – Área de condiciones de trabajo: clasificación profesional, retribución, contrato, altos cargos.

      • – Área de promoción profesional y formación: reglas de ascenso que no contemplen criterios según sexo. Acciones de formación y sensibilización.

      • – Área de ordenación del tiempo: medidas de adaptación de la jornada, conciliación vida familiar y laboral, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, corresponsabilidad.

      • – Área de prevención y actuación frente acoso por razón de sexo.

      • – Uso no discriminatorio del lenguaje, la comunicación y la publicidad.

  5. 5, Necesariamente se cumplirán las siguientes fases del plan:

      1. – Elaboración de un diagnóstico de situación, incluyendo datos estadísticos; (estudio cualitativo y cuantitativo de la entidad, incluyendo información sobre recursos humanos, materiales, organizativos…).

      2. – Elaboración de un plan que recoja medidas que corrijan las deficiencias detectadas; (objetivos y medidas concretas con una planificación temporal, incluyendo recursos necesarios).

      3. – La primera fase de aplicación de las medidas previstas en el plan de igualdad (implantación de las medidas prioritarias, se deberá acreditar la realización completa de tres de ellas).

 

GASTOS FIANCIABLES

Será financiable el importe total, sin IVA, de los siguientes gastos: coste elaboración del diagnóstico de situación y del plan de igualdad, gastos derivados de su implantación como los derivados de las campañas de sensibilización interna y/o externa, acciones de formación y nu8evas contrataciones relacionadas con el plan de igualdad. Estas actuaciones podrán ser realizadas directamente por el personal de la entidad o por entidad externa especializada, en este último caso, el coste no podrá ser más del 50% del importe total de la subvención concedida.

No se incluye como gastos los bienes de inversión, ni mobiliarios e infraestructuras.

 

CUANTÍA SUBVENCIÓN

La cuantía máxima de la subvención será d 9.000 euros por cada entidad subvencionada.

Presentación de la solicitud hasta el 9 de junio del 2016

Si desea conocer más información sobre estas ayudas no dude en contactarnos