Ayudas para el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas gallegas

En el día de hoy, se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia, la Resolución del 18 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio de colaboración con las sociedades de garantía recíproca y entidades de crédito adheridas (financiación Igape-Pymes).

 

OBJETO DE LA AYUDA

Las ayudas recogidas en las bases tratan de dar respuesta a las necesidades de financiación detectadas en las pymes gallegas facilitando: préstamos avalados para el crecimiento de las pymes a largo plazo para financiar inversiones productivas, operaciones avaladas para el financiamiento de tráfico comercial, garantías entre terceros vinculadas a operación de tráfico o avales técnicos, y préstamos para financiar necesidades de liquidez en el contexto actual de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.

 

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad económica en Galicia. Además de cumplir los requisitos propios de la línea de financiación que soliciten.

Se considerarán atendibles prácticamente todas las actividades, salvo algunas como: La fabricación de armamento, los juegos de azar, la producción, transformación o distribución de tabaco o la promoción inmobiliaria entre otras.

 

MODALIDADES DE OPERACIONES FINANCIERAS

1.- Préstamos avalados para el crecimiento de las pymes (reaval crecimiento)

Objeto: favorecer el acceso a préstamos a largo plazo para financiar elementos productivos y/o circulante estructural.

Requisitos: además de los requisitos generales, el titular deberá formalizar un préstamo de largo plazo para financiar inversiones productivas (bienes tangibles, intangibles) y/o capital corriente (pago proveedores, nóminas, seguros…)

Condiciones financieras:

Importe del préstamo: igual o superior a 3.000 euros e igual o inferior a 1.000.000 euros.

Plazo: mínimo de 3 años y no superior a 10 años, incluida una carencia de un máximo de 2 años. En todo caso, la vigencia del reaval no superará los 7 años.

 

2.- Operaciones avaladas para la financiación del tráfico comercial (reaval funcionamiento).

Objeto: favorecer el acceso al financiamiento operativo, para el tráfico comercial mediante líneas de crédito específicas para el adelanto de efectos comerciales y facturas, pólizas de pagos a proveedores y pólizas de comercio exterior.

Requisitos: además de los requisitos generales, el titular deberá formalizar un nuevo contrato de financiación que no implique la sustitución de otro preexistente, en alguna de las siguientes modalidades: líneas de crédito para adelanto de efectos comerciales y facturas, líneas de crédito de comercio exterior o líneas de gestión del pago de las compras o confirming.

Condiciones financieras:

Importe del préstamo: igual o superior a 3.000 euros e igual o inferior a 600.000 euros.

Plazo: mínimo de 3 años y no superior a 5 años, sin prever la posibilidad de prórroga.

 

3.- Garantías ante terceros vinculadas a operaciones de tráfico o avales técnicos (reaval de garantías)

Objeto: favorecer la capacidad de las pymes para otorgar garantías frente a terceros en alguna de las siguientes modalidades: avales financieros para garantizar obligaciones derivadas de contratos de tráfico comercial, avales no financieros ante terceros (avales técnicos) o avales vinculados a licitaciones internacionales.

Requisitos: además de los requisitos generales, el titular deberá formalizar un nuevo contrato de financiación, por lo que se establezca una línea de avales y fianzas prestadas por la entidad de crédito SGR en garantía ante terceros.

Condiciones financieras:

Importe del préstamo: igual o superior a 3.000 euros e igual o inferior a 1.000.000 euros.

Plazo: mínimo de 3 años y no superior a 5 años, sin prever la posibilidad de prórroga.

 

4.- Préstamos para financiar necesidades de liquidez (reaval COVID-19)

Objeto: Financiar necesidades de liquidez de las pymes, con el objeto de paliar las dificultades financieras derivadas de la crisis sanitaria, en un contexto de lenta recuperación de la normalidad en las actividades económicas.

Requisitos: además de los requisitos generales, el titular deberá formalizar un préstamo donde un mínimo del 30% se destine a capital corriente (pago proveedores, nóminas, seguros…). El importe restante (hasta un máximo del 70%) podrá ser aplicado a la cancelación de deudas bancarias 

Condiciones financieras:

Importe del préstamo: igual o superior a 3.000 euros e igual o inferior a 300.000 euros.

Plazo: mínimo de 3 años y no superior a 7 años, incluida una carencia de un máximo de 2 años.

 

En todas estas modalidades, el apoyo del IGAPE consistirá en:

GARANTÍA: Reaval del 25% del riesgo asumido por las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) durante la vigencia de la operación avalado o, como máximo, de 7 años.

SUBSIDIACIÓN DE GASTOS FINANCIEROS: bonificación de tipo de interés nominal y/o de las comisiones de aval de las operaciones de préstamo recogidas en estas bases.

Un mismo titular podrá presentar varias solicitudes de ayuda sin que el importe total supere el límite máximo.

 

PLAZO DE SOLICITUD

Hasta que se produzca una de las siguientes circunstancias:

  • Se agote la disponibilidad de financiación.
  • 30 de septiembre del 2021.