AYUDA A AUTÓNOMOS PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

El 30 de Diciembre de 2015 se publicaron en el DOGA las bases de las ayudas a personas trabajadoras autónomas o personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia por la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.

 

¿QUÉ PERSONAS PUEDEN BENEFICIARSE?

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ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

1) Las contrataciones indefinidas iniciales que se formalicen desde el 1 de Octubre de 2015 al 30 de Septiembre de 2016. Pueden ser a tiempo completo o parcial, incluyendo la modalidad de fijo discontinuo.

2) Se incentivan las contrataciones indefinidas iniciales que se realicen por personas trabajadoras autónomas o personas profesionales con personas trabajadoras desempleadas para prestar servicios en centros de trabajo situados en Galicia.

3) Los contratos de trabajo deben formalizarse y registrarse en la oficina pública de empleo.

4) Estas ayudas están sometidas al régimen de minimis y se convocan en régimen de concurrencia no competitiva.

 

REQUISITOS Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

PRIMERA CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL:

Deben formalizarse en el primer año de actividad.

Con anterioridad no se podrá haber realizado contrato indefinido excepto que se hubiese extinguido por dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente.

Cuantía de las ayudas:

a) 4.000 € hombre desempleado.

b) 5.000 € hombre desempleado ?45 años y desempleado de larga duración.

c) 5.000 € mujer desempleada.

d) 6.000 € mujer desempleada ?45 años y desempleado de larga duración.

Si la contratación es a tiempo parcial, las cuantía serán proporcionales al tiempo efectivo de trabajo.

SEGUNDA Y TERCERA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

Debe formalizarse dentro de los tres primeros años de actividad.

Con anterioridad no se podrá haber realizado dos o más contratos indefinidos excepto que se hubiese extinguido por dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente.

Cuantía de las ayudas.

a) 5.000 € hombre desempleado.

b) 6.000 € hombre desempleado ?45 años y desempleado de larga duración.

c) 6.000 € mujer desempleada.

d) 7.000 € mujer desempleada ?45 años y desempleado de larga duración.

Si la contratación es a tiempo parcial, las cuantía serán proporcionales al tiempo efectivo de trabajo.

 

PLAZOS:

– En los casos de contrataciones realizadas entre el 1 de Octubre y el 30 de Diciembre de 2015 el plazo finalizará el 29 de Febrero de 2016.

– Las ayudas previstas por las contrataciones realizadas desde la entrada en vigor de esta orden se podrán solicitar hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en la que se inicie la relación laboral indefinida.

– El plazo general finalizará el 30 de Septiembre de 2016aunque no hubiese transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior.