Subvenciones para personas adquirientes, adjudicatarias o promotoras individuales para el uso propio de la vivienda

El 28 de abril del 2016 salieron publicadas en el DOGA las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de vivienda a cargo de la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿CUÁL ES EL OBJETO?

Esta convocatoria tiene como objeto convocar para la anualidad 2016, a través de un procedimiento de concurrencia no competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a afrontar los gastos derivados de la adquisición, de la adjudicación o de la promoción individual de la vivienda para uso propio, por parte de las personas que obtuviesen financiamiento cualificado del Plan de Vivenda e Rehabilitación 2009-2012. La finalidad es facilitar el primero acceso a la vivienda en propiedad.

¿QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS?

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas físicas:

  1. 1.Las adquirientes de viviendas de protección autonómica de régimen especial o general.

  2. 2.Las adquirientes de viviendas libres de precio limitado, así como las viviendas usadas.

  3. 3.Las adjudicatarias de viviendas de protección autonómica de régimen especial o general promovidas en régimen de cooperativa.

  4. 4.Las promotoras individuales para uso propio de viviendas de protección autonómica de régimen especial o general.

OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARAS:

  1. 1.Será requisito necesario que las personas beneficiarias estén acogidas al sistema de financiamiento para el primer acceso a vivienda en propiedad del Plan de vivienda y rehabilitación 2009-2012, así como tener formalizado un préstamo entre el 6 de noviembre de 2009 y el 31 de diciembre del 2012, y además:

  • – En el caso de personas adquirientes o adjudicatarias, deben tener escritura pública de compra-venta o adjudicación inscrita en el Registro de la Propiedad, dónde conste, separadamente, el precio de la vivienda y de cada uno de los anexos, si los tiene.

  • – Cuando se trate de persona promotora individual para uso propio de vivienda protegida, que cuente con la resolución de cualificación definitiva de la vivienda.

  1. 2.Las circunstancias personales de la persona solicitante y de su unidad familiar se tendrán en cuenta.

¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES?

  • – Las personas beneficiarias con derecho a la protección preferente, les corresponde una ayuda de 2.000 euros. Si se acredita pertenecer a más de uno de los siguientes colectivos, se les concederá 2.000 euros más por cada uno de ellos:

a) Unidades familiares con ingresos que no excedan de 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (en adelante, IPREM.

b) Personas que acceden por primera vez a la vivienda.

c) Jóvenes, menores de 35 años.

d) Personas mayores de 65 años.

e) Mujeres víctimas de la violencia de género.

f) Víctimas del terrorismo.

g) Afectados por situaciones catastróficas.

h) Familias numerosas.

i) Familias monoparentales con hijos.

j) Personas dependientes o con discapacidad oficialmente reconocida, y las familias que las tengan a su cargo.

k) Personas separadas o divorciadas, al corriente del pago de pensiones alimenticias y compensatorias, en su caso.

l) Personas sin hogar o procedentes de operaciones de erradicación del chabolismo.

m) Otros colectivos en situación o riesgo de exclusión social determinados por las Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.

A las familias numerosas de 5 o más hijos tendrán una ayuda adicional de 2.000 euros.

  • – Las personas solicitantes con ingresos familiares que no excedan 1.5 veces el IPREM en las cuales concurra la circunstancia señalada en la letra l) del punto anterior, así como a las personas emigrantes retornadas en los dos años anteriores al momento de la solicitud y que se encuentren en especial situación de necesidad les corresponderá, como subvención, el 25% del precio total de la vivienda que figura en la correspondiente escritura de compraventa. El límite será de 17.000 euros.

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES?

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 29 de abril del 2016 hasta el 30 de mayo del 2016.

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