El Ministerio de Hacienda está desarrollando una nueva normativa para estandarizar los formatos y los requisitos de los programas informáticos o electrónicos que soportan los procesos de facturación. Consultar aquí el proyecto de orden.
Este nuevo reglamento, que está previsto que pueda entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2024, exigirá que los programas que se usan para emitir facturas puedan también remitir información a la AEAT de forma continuada, automática, segura y correcta.
Se trata de una normativa eminentemente técnica, cuyo objetivo es garantizar la integridad, la autenticidad y la trazabilidad de los datos registrados, y dificultar la falsificación de los registros de facturación, mediante el uso de elementos de seguridad y control como, las huellas digitales, los códigos QR o la firma digital.
¿Cuáles son los objetivos que persigue este Reglamento?
- Reforzar la obligación de emitir factura o justificante de todas las operaciones que realizan empresarios/profesionales.
- Conseguir que todas las operaciones que se realicen se graben en el sistema informático.
- Garantizar la integridad, la autenticidad y la trazabilidad de los datos registrados, dificultando la falsificación de los registros.
- Conseguir una mayor eficacia en la comprobación tributaria y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
¿Qué requisitos deben cumplir los programas informáticos?
- Por cada entrega de bienes o prestación de servicios el sistema deberá generar, de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de la factura, un registro de facturación de alta.
- La aplicación informática deberá tener capacidad de remitir información a la AEAT de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente todos los registros de facturación generados por medios electrónicos.
¿Qué garantías deben ofrecer los programas informáticos?
- La integridad e inalterabilidad de los registros de facturación
- La trazabilidad de los registros, que deberán estar encadenados de manera que pueda verificarse su rastro.
- La conservación de todos los registros generados por el propio sistema informático.