El sábado, día 30 de diciembre del 2017, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley, de 29 de diciembre, por el que se prorrogan y aprueban diversas medidas tributarias y otras medidas urgentes en materia social, entre ellas y las más importantes las medidas sobre los límites para módulos y el salario mínimo para el 2018:
Por lo tanto, los límites que operarán para el método de estimación objetiva, en el ejercicio 2018, serán los siguientes:
Se fija un aumento del 4% del salario mínimo interprofesional respecto del año 2017, siendo por tanto el salario mínimo interprofesional para el año 2018, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, 735,90 euros/mes.
Si deseas conocer más a fondo estas medidas póngase en contacto con nosotros o visite los siguientes enlaces:
– Límites para Módulos: https://www.boe.es/boe/dias/2017/12/30/pdfs/BOE-A-2017-15836.pdf
– Salario mínimo interprofesional: https://www.boe.es/boe/dias/2017/12/30/pdfs/BOE-A-2017-15848.pdf