Prórroga de los Tipos Reducidos de IVA

El pasado jueves 27 de junio, se publicó la prórroga de las medidas derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente próximo. Una de cuestiones más destacadas son los tipos impositivos reducidos del IVA, que en los próximos trimestres irá evolucionado hasta volver a los porcentajes anteriores.

 

Hasta el 30 de septiembre

Se mantendrán los tipos reducidos de IVA y de recargo de equivalencia, como hasta ahora:

  • 0% de IVA y 0% de recargo de equivalencia, para productos de primera necesidad (pan, harinas, huevos, quesos, frutas, verduras…)
  • 5% de IVA y 0,62% de recargo de equivalencia, para pastas alimenticias y aceites de semilla.

Para los aceites de oliva se reduce el tipo impositivo del IVA del 5% al 0% y de recargo de equivalencia del 0,62% al 0%.

 

A partir del 30 de septiembre y hasta el 31 de diciembre

Se incrementarán los tipos como se indica a continuación:

  • 2% de IVA y 0,26% de recargo de equivalencia, para productos de primera necesidad (pan, harinas, quesos, huevos, frutas, verduras…) y aceites de oliva.
  • 7,5% IVA y 1% de recargo de equivalencia, para pastas alimenticias y aceites de semilla.

 

A partir del 1 de enero de 2025

El aceite de oliva pasará a consolidarse como alimento de primera necesidad, aplicándole el tipo impositivo del 4%.