En el día de hoy se publica, en el DOGA, la Resolución del 26 de Noviembre de 2020, en la que se recogen las ayudas del IGAPE al sector de la Hostelería, al ser, éste sector, uno de los más afectados por la pandemia COVID, así como el más castigado por las restricciones, afectando de forma muy significativa a su actividad.
¿Quiénes pueden optar?
- Pymes, cualquiera que sea su forma jurídica, y que emplee a menos de 50 trabajadores.
- Que desarrollen su actividad en la CCAA de Galicia, dentro de alguno de los siguientes sectores: Restaurantes, Cafeterías, Bares, Salones de Banquetes, Servicios análogos de hostelería en Mercados o Plazas de abastos, Chocolaterías, Heladerías y Horchaterías.
¿Qué se financia?
- Instalación, reforma y adecuación de terrazas de establecimientos de hostelería y restauración:
- Consideración de terraza: toda instalación al aire libre formada por mesas, sillas y otros elementos, espacio no cubierto o como máximo rodeada de un máximo de 2 laterales.
- Gastos subvencionables: instalación de cierres estables o instalación de elementos desmontables o móviles que sirvan de aislamiento o protección, tales como toldos, biombos, sombrillas, tarimas…; sillas, mesas, jardineras, sistemas de iluminación, aparatos calefactores (eléctricos u opciones de energía renovable).
- Adquisición de elementos sostenibles de envasado o empaquetado de comida y bebida, para su servicio de entrega a domicilio o de recogida en el establecimiento:
- Deben de ser 100% biodegradables.
- En el caso de ser de plástico deberá de ser también biodegradable para causar un menor impacto ambiental.
Gastos de inversión, realizados entre el 01/10/2020 y hasta la fecha límite de ejecución que figure en la resolución de concesión de la ayuda
Cuantía de las ayudas: la cuantía será del 80% de los conceptos subvencionables (inversión mínima 1.500 € por solicitud) y con los siguientes importes máximos:
- Actuaciones de cierre o protección en las terrazas: importe máximo subvencionable 14.000 €.
- Actuaciones de adquisición de sillas, mesas, jardineras, iluminación, calefactores: importe máximo subvencionable 7.000 €.
- Actuaciones para adquisición de elementos de envasado y empaquetado: importe máximo subvencionable 4.000 €
Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda destinada a la misma inversión.
Todas las inversiones deberán de abonarse mediante transferencia bancaria o documento bancario (no serán subvencionables las inversiones que se abonen en efectivo)
Obligaciones de los beneficiarios: mantener la inversión vinculada a la actividad un mínimo de 3 años desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto.
El plazo de presentación se iniciará el 04/12/2020 hasta el 28/02/2021, o en todo caso hasta agotamiento del crédito. Las solicitudes se presentarán por registro electrónico.
El proceso de concesión y resolución de estas ayudas serán por orden de entrada.
Plazo de ejecución del proyecto y solicitud de cobro: la resolución de concesión de la ayuda recogerá dichos plazos sin que en ningún caso pueda exceder del 30/10/2021.