Línea de ayuda económica para aquellas personas desempleadas que inicien su actividad como trabajadores autónomos o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el inicio de su actividad laboral.
Beneficiarios
- Personas que causen alta definitiva en el régimen de autónomos entre el 30/09/2023 y el 29/09/2024 (empresarios individuales, dentro de una comunidad de bienes o sociedad civil; excluidos autónomos societarios).
- Deben de estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo.
- Domicilio fiscal en Galicia.
- No haber estado de alta en autónomos en los 3 años anteriores.
Líneas de Ayuda e Importes
Línea 1: Por Inicio de Actividad
- 2.000 € desempleados en general.
- 4.000 € en el supuesto de menores de 30 años, desempleados larga duración, personas con discapacidad, personas en situación de exclusión social o mayores de 55 años.
- Incremento del 15% de los importes anteriores en caso de: mujeres, centro de trabajo en ayuntamiento rural, mayores de 45 años, emigrantes retornados, personas trans, profesiones u oficios en los que las mujeres estén subrepresentadas (incrementos acumulables hasta un máximo de 7.000 €).
Línea 2: Gastos Mantenimiento Actividad
Ayuda para sufragar los gastos del mantenimiento de la actividad por cuenta propia de las personas desempleadas que se inician cómo trabajadoras autónomas, equivalente a cuantía de la cuota reducida, multiplicada por 12, y siempre que se acojan y tengan derecho a la citada reducción.
Plazo de presentación y Obligaciones
Desde el día 16/01/2024 y hasta el 30/09/2024.
Se exige un mantenimiento del alta en autónomos de un mínimo de 24 meses.