Programa Operativo de empleo juvenil. Municipios rurales de Lugo.

Hoy, día 30 de junio de 2020, se publican en el BOP de Lugo tres líneas de ayudas para el fomento del empleo en zonas rurales de la provincia de Lugo, encuadradas dentro del Programa EMP-POEy financiadas por el Fondo Social Europeo.  Ayudas sujetas al régimen de minimis. Se concederán por concurrencia no competitiva.

  1. MEDIDA 8.2.3.3 “TU EMPLEO SOCIAL EN EL RURAL” ayudas al autoempleo,
  2. MEDIDA 8.2.3.4 “TU EMPLEO EN EL RURAL” medidas para favorecer el autoempleo y el emprendimiento colectivo en el marco de la economía social.
  3. MEDIDA 8.2.4.2 “GENTE JOVEN EN EL RURAL” ayudas para la contratación por cuenta ajena a empresas localizadas en algún de los ayuntamientos contenidos en el anexo I. Promoción de la cultura “Prende! bota raíces no rural.”

¿Quiénes pueden optar?

MEDIDA 8.2.4.2 “GENTE JOVEN EN EL RURAL

Personas físicas o jurídicas de la provincia de Lugo cuyo centro de trabajo se encuentre en alguno de los municipios recogidos en el Anexo I de las bases, que tengan la necesidad de contratación y que deseen incluir una persona joven inscrita en el sistema de garantía juvenil que resida en un territorio rural.

Se podrá admitir el teletrabajo o la existencia de un centro de trabajo itinerante a condición de que el o la joven contratado/a se comprometa a residir en uno de los ayuntamientos participantes.

 

MEDIDA 8.2.3.3 “TU EMPLEO SOCIAL EN EL RURAL” y MEDIDA 8.2.3.4 “TU EMPLEO EN EL RURAL

Dirigidas a jóvenes inscritos en el sistema de garantía juvenil que deseen emprender dándose de alta como trabajador autónomo (de forma individual o como persona jurídica) o bien, estableciéndose como socio trabajador en empresas de economía social, ejerciendo su actividad en algunos de los ayuntamientos recogidos en el Anexo I.

Requisitos y obligaciones: 

MEDIDA 8.2.4.2 “GENTE JOVEN EN EL RURAL

  • Definir el perfil del puesto.
  • Contratar a una persona joven inscrita en el fichero nacional de garantía juvenil y que se encuentre empadronada en los municipios recogidos en el Anexo I.
  • Contratación indefinida.
  • Facilitar al contratado los medios técnicos necesarios para el desarrollo del puesto.
  • Realizar la contratación en los 5 días hábiles desde el envío por parte de la Agencia de Colocación de los candidatos.

 

MEDIDA 8.2.3.3 “TU EMPLEO SOCIAL EN EL RURAL” y MEDIDA 8.2.3.4 “TU EMPLEO EN EL RURAL

  • El plazo máximo para el inicio de la actividad es de 2 meses desde la publicación del acuerdo de concesión de la ayuda. En caso de acondicionamiento del local se tendrán en cuenta hasta dos meses previos a la publicación de la concesión de la ayuda.
  • La actividad profesional y/o empresarial inherente al proyecto de autoempleo se deberá de ejercer de forma efectiva.

 

Cuantías de las ayudas: 

MEDIDA 8.2.4.2 “GENTE JOVEN EN EL RURAL

El beneficiario/a recibirá el 50% del SMI vigente a la fecha de la publicación de las bases (950€/mes) y por el número de meses que permanezca contratado hasta un máximo de 12 meses. La contratación tendrá que ser indefinida y el alta del trabajador se mantenga al menos 6 meses.

La cuantía máxima será 50%*950*12 meses =5.700 euros.

MEDIDA 8.2.3.3 “TU EMPLEO SOCIAL EN EL RURAL” y MEDIDA 8.2.3.4 “TU EMPLEO EN EL RURAL

El beneficiario/a recibirá el 75% del SMI vigente a la fecha de la publicación de las bases (950€/mes) y por el número de meses que permanezca contratado hasta un máximo de 12 meses, durante los cuales se deberá que ejercer la actividad declarada en el proyecto de modo efectivo, debiendo permanecer de alta al menos 6 meses.

La cuantía máxima será 75%*950*12 meses =8.550 euros.

Periodo máximo subvencionable: se extenderá hasta el 14 de febrero del 2021.

Plazo de solicitud de las ayudas: desde el 01/07/2020 hasta el 01/09/2020 (o hasta agotamiento del crédito). Presentación por medios electrónicos.,

Si está interesado en solicitar esta ayuda no dude en consultarnos.