Incentivos a la contratación y formación de trabajadores por cuenta ajena

Hoy, día 26 de Julio de 2021, sale publicada, en el DOG, la Orden del 14 de Julio de 2021, de la Consellería de Emprego e Igualdade, en la que se recogen las ayudas por la contratación y formación en la empresa ordinaria.

¿Quiénes podrán beneficiarse?

Podrán beneficiarse las personas empleadoras y empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que contraten, como trabajadores por cuenta ajena, a personas desempleadas y anotadas como demandantes de empleo y que pertenezcan a alguno de los colectivos objeto de subvención, para prestar servicios en un centro de trabajo en Galicia.

 Los programas de incentivos que se recogen son los siguientes: 

  • Contratación indefinida inicial a tiempo completo de jóvenes, mujeres, desempleados de larga duración y personas con discapacidad (posibilidad de tiempo parcial) o en riesgo de exclusión social, realizadas entre el 01/10/2020 y el 30/09/2021.
  • Contratación temporal, a tiempo completo de jóvenes, mujeres, personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad (posibilidad de tiempo parcial) o en riesgo de exclusión social, realizadas entre el 01/10/2020 y el 30/09/2021, por una duración inicial mínima de 12 meses (en el caso de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social la duración del contrato puede ser de 3 meses).
  • Transformación de contratos temporales en indefinidos, de jóvenes, mujeres, personas con discapacidad o en situación de exclusión social realizados entre el 01/10/2020 y el 30/09/2021; la jornada del nuevo contrato será como mínimo igual a la del contrato temporal.
  • Incremento de la jornada laboral de un contrato indefinido inicial a tiempo parcial de jóvenes, mujeres o personas con discapacidad o en riesgos de exclusión social; dicho incremento tendrá que suponer el 100% de la jornada ordinaria.
  • Incentivos para la formación (línea opcional) dirigido a las personas contratadas subvencionadas por contrato indefinido inicial o contratación temporal, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos o habilidades, relacionadas con el puesto de trabajo. Mínimo 70 horas (indefinidos) o 50 (temporales); formación a realizar dentro de los tres primeros meses desde el inicio de la contratación; queda excluida la formación obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales.
¿Cuál es el importe de la ayuda? 

Dependerá del tipo de contratación:

       1. Contrataciones indefinidas iniciales:

  • 6.000 euros por la contratación de desempleado menor de 30 años (jóvenes).
  • 10.000 euros por la contratación de desempleado de larga duración (más de 12 meses anotado como demandante de empleo).
  • 12.000 euros por la contratación de mujeres.
  • 16.000 euros por la contratación de discapacitados o personas en riesgo de exclusión social (en caso de contrato a tiempo parcial el incentivo será proporcional a la jornada).

       2. Contrataciones temporales:

  • 3.000 euros por la contratación de persona desempleada menor de 30 años (jóvenes).
  • 5.000 euros por la contratación de desempleado de larga duración (más de 12 meses anotado como demandante de empleo).
  • 6.000 euros por la contratación de mujeres desempleadas.
  • 8.000 euros por la contratación de discapacitados o personas en riesgo de exclusión social (en caso de contrato a tiempo parcial el incentivo será proporcional a la jornada).

 

En ambos casos dichas ayudas se incrementarán en un 25% si se trata de empresas con centro de trabajo en medio rural, o se trata de un trabajador mayor de 45 años, o emigrante retornado, o se trata de una actividad en la que se contrata a mujeres para sectores y oficios en los que dicho colectivo esté subrepresentado. Además, los contratos indefinidos iniciales o temporales formalizados con jóvenes, desempleados de larga duración o discapacitados se incrementarán en un 25% si la persona incorporada es una mujer.

        3. Transformación de contratos temporales en indefinidos:

  • 2.000 euros cuando sea persona desempleada menor de 30 años o mujer.
  • 3.000 euros cuando se trate de una persona con discapacidad o en riesgo de exclusión social.

       4. Incremento de jornada de contratos indefinidos a tiempo parcial, pasándolos a jornada completa (jóvenes, mujeres, discapacitados o en riesgo de exclusión social): 2.000 euros.

       5. Acciones formativas:

  • 4.000 euros para los contratos indefinidos iniciales.
  • 2.000 euros para los contratos temporales (contratos de un mínimo de 12 meses).
¿Qué obligaciones tengo que cumplir?

Principalmente, mantener al trabajador objeto de subvención un mínimo de 2 años desde la contratación (en supuestos de contrato indefinido inicial, transformación de temporal en indefinido o incremento de jornada de un contrato indefinido parcial a completa) o un mínimo de 12 meses en casos de contratación temporal.

Para los casos de extinción de la relación laboral la empresa está obligada a cubrir el puesto subvencionado, con una persona perteneciente al mismo colectivo (plazo hasta el último día del mes siguiente al de la baja).

 ¿Hasta qué día puedo presentar la solicitud de la ayuda? 

El plazo general finaliza el 30/09/2021.

Las contrataciones realizadas entre el 01/10/2020 y el 26/07/2021 tienen de plazo para presentar las solicitudes hasta el 26/09/2021. Las contrataciones realizadas a partir del 26/07/2021 tienen de plazo, para presentar la solicitud, hasta el último día del segundo mes siguiente a la contratación.