Cotizaciones para 2017. ¡Ya están aquí!

El pasado día 11 de Febrero de 2017 salió publicada, en el BOE, la Orden ESS/106/2017 que recoge la normativa de cotización para el año 2017. Entendemos que ante tal maraña de normas y noticias, te hayas enterado poco de lo que implica. Aquí te lo explicamos.

Destacamos los aspectos más importantes:

  • Bases de Cotización Régimen General:

Se fija como Base mínima el importe de 825,60 €/mes y como Base máxima 3.751,20 €/mes.

  • Bases de Cotización Régimen Especial de Trabajadores autónomos:

  • Regla general: Base mínima 893,10 €, Base máxima 3.751,20 €.
  • Autónomos que a fecha 01/01/2017 tengan 47 años y su base de cotización en Diciembre 2016 haya sido igual o superior a 1.964,70 €: podrán elegir su base entre la mínima y la máxima general.
  • Autónomos que a fecha 01/01/2017 tengan 47 años y su base de cotización en Diciembre 2016 haya sido inferior a 1.964,70 €: no podrá elegir una base superior a 1.964,70 € al mes, salvo que ejerciten su opción antes del 30 de Junio de 2017, lo que producirá efectos a partir del 01 de Julio del mismo año.
  • Autónomos que a fecha 01/01/2017 tengan 48 o más años: sus bases estarán comprendidas entre las cuantías de 963,30 € y 1.964,70 € al mes.
  • Autónomos que durante el año 2016 hayan tenido contratados de forma simultánea a 10 o más trabajadores: su base de cotización mínima será de 1.152,90 €.
  • Autónomos por Sociedades: su base de cotización mínima será de 1.152,90 €/mes (salvo aquellas altas iniciales a los cuales se les mantendrá durante 12 meses la base de cotización mínima general para Autónomos, 893,10 €).
  • Bases de Cotización Empleados de hogar: 

A partir de Enero 2017 las bases de cotización de los Empleados de Hogar están determinadas en la siguiente escala:

Retribución mensual incrementada con la proporción de pagas extraordinarias

Euros/mes

Base de cotización

Euros/mes

Hasta 188,61 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 161,29
Desde 188,62 hasta 294,60 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 266,84
Desde 294,61 hasta 400,80 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 372,39
Desde 400,81 hasta 506,80 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 477,96
Desde 506,81 hasta 612,90 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 583,52
Desde 612,91 hasta 718,20 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 689,09
Desde 718,21 hasta 825,65 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 825,60
 Desde 825,66 . . . . . . . . . . . . 862,44

 

El tipo de cotización para los empleados de hogar para el año 2017 es el 26,50 % del cual 22,10% es a cargo del empleador y el 4,40 % a cargo del trabajador.

                Si tienes cualquier duda al respecto no dudes en consultarnos