Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que, en todo caso, cumplan además los siguientes requisitos:
Digitalización comercial: Se contemplan actuaciones tales como la implantación y actualización de páginas web, introducción de herramientas de gestión y de márketing 4.0, mejora de la imagen digital, gestor profesional de redes, entre otros.
El porcentaje de la ayuda será del 80% con los siguientes límites:
La inversión máxima subvencionable para el conjunto de las actuaciones de digitalización es de 26.300€ (sin IVA).
Adquisición de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal: Se consideran actuaciones subvencionables la adquisición, en régimen de propiedad, de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal, que deberán ser en todo caso de primer uso, en concreto: Maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal así como otra maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, que mejoren el diseño y calidad del producto final.
Para el conjunto de estas actuaciones la inversión máxima subvencionable será de 10.000 euros (sin IVA) y la ayuda podrá alcanzar del 80%.
Para todas las actuaciones, las personas beneficiarias deberán mantener las inversiones durante un período de 2 años desde su concesión.
El plazo de solicitud es de un mes a contar desde el 5 de mayo. Las solicitudes se harán exclusivamente por medios electrónicos.
Hasta el 29 de octubre del 2021.