AYUDAS PROGRAMA DE INFRAVIVIENDA PARA REHABILITACIÓN CAMIÑOS DE SANTIAGO.

EL 27 de mayo se publicaron las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones del programa infravivienda en el ámbito del área de rehabilitación integral (ARI) de los Camiños de Santiago, y se procede a su convocatoria para el año 2016.

¿CUÁL ES EL OBJETO DE LAS AYUDAS?

Estas subvenciones están dirigidas a prestar apoyo a los ayuntamientos de Galicia con menos de 10.000 habitantes, situados en el ámbito ARI de los Camiños de Santiago, para que puedan ayudar, urgentemente, a las unidades de convivencia que habiten, en condición de propietarias, en una vivienda que se encuentre en mal estado de conservación y no dispongan de recursos económicos para acometer obras que permitan las mínimas condiciones de habitabilidad.

Además, estas subvenciones tendrán por objeto permitir a los ayuntamientos rehabilitar edificaciones o viviendas de su patrimonio municipal para destinarlas a solucionar los problemas de residencia de las unidades de convivencia que cumplan los requisitos fijados.

**Infravivienda: aquella edificación o vivienda que no reúna las mínimas condiciones de habitabilidad.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Se considerarán actuaciones subvencionables la ejecución de obras de rehabilitación en edificaciones y viviendas, con el objeto de que estas lleguen a unas mínimas condiciones de habitabilidad. Estas actuaciones podrían incluir elementos exteriores, estructura y seguridad, habitabilidad y accesibilidad de la vivienda.

Estas actuaciones:

  • – Deben ajustarse a la normativa técnica y urbanística actual, y la normativa en materia de habitabilidad y funcionalidad.

  • – Estas actuaciones no pueden haberse iniciado en el momento de presentación de la solicitud.

  • – El coste total de las actuaciones subvencionables podrán incluir los honorarios de los profesionales que intervengan, los informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares; siempre que estén justificados. NO SE INCLUYEN: gastos derivados de impuestos, tasas y tributos.

¿QUIENES PUEDEN BENEFICIARSE?

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ayuntamientos de Galicia con menos de 10.000 habitantes que estén situados en el ámbito ARI de los Camiños de Santiago.

UNIDADES DE CONVIENCIA:

Se considerarán unidades de convivencia al conjunto de personas que residen en condición de propietarias en una infravivienda, con independencia de la relación de parentesco que exista entre ellas.

Estas unidades de convivencia deberán acreditar unos ingresos ponderados inferiores al indicador público de efectos múltiples (IPREM).

Será un requisito imprescindible que algún miembro de la unidad de convivencias sea propietario de la vivienda objeto de actuación y, que ningún otro miembro sea propietario de otra vivienda en todo el territorio nacional. (No aplicable para actuaciones en edificaciones o viviendas del patrimonio municipal).

CUANTÍA DE LA AYUDA

Las ayudas para los ayuntamientos no podrán superar el límite del 80% del presupuesto protegido de las obras, en ningún caso no podrán superar los 12.000 euros por edificación.

Presentación de la solicitud:

Hasta fin presupuesto o hasta el 30 de noviembre 2016.

Si desea conocer más información sobre estas ayudas no dude en contactarnos