Ayudar a las pymes a implantar la igualdad laboral, adoptar medidas de conciliación, e implantar sistemas de gestión de la responsabilidad social empresarial.
Las pymes con trabajadores y con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, que tengan una tasa de estabilidad en su plantilla de por lo menos el 50%.
1- Elaboración e implantación de planes de igualdad (para empresas entre 10 y 49 trabajadores).
Hasta el 80% de los costes derivados de la diagnosis, elaboración e implantación de un plan de igualdad, elaborado según las directrices que marca el RD 901/2020 que regula los planes de igualdad.
2-Conciliación de la vida laboral y personal.
Línea 1 Fomento del Teletrabajo: formalizar un acuerdo de teletrabajo con una persona ya vinculada a la empresa a jornada completa y con una antigüedad de, por lo menos, un año, y/o realizar una nueva contratación en la modalidad de teletrabajo a jornada completa. En ambos casos el acuerdo que regule el trabajo en remoto será, de por lo menos el 50% de la jornada, y por un período de tiempo no inferior a dos años. La ayuda será con carácter general de 2.000€ por persona con el límite de 8.000€ por empresa. Se excluyen de esta línea las empresas del sector TIC. Los acuerdos han de cumplir todos los requisitos de la Ley del trabajo a distancia 10/2021.
Línea 2 Flexibilidad Horaria: Hasta 9.000€ para aquellas empresas, con un mínimo de 5 trabajadores, que establezcan en un convenio colectivo de empresa, o mediante un acuerdo entre la empresa y quien ejerza la representación legal de las personas trabajadoras o, en su defecto, con la totalidad de la plantilla, medidas de flexibilidad horaria. Podrá acordarse cualquier medida de flexibilidad como sistemas de compensación de días y horas, jornada laboral continua o semana laboral comprimida, permisos especiales en el caso de emergencias familiares y por un período no inferior a dos años. El acuerdo adoptado deberá detallar las medidas que se van a implantar de manera que queden reflejadas las mejoras propuestas con respecto a la situación anterior y el compromiso de que dichas medidas se mantendrán durante la duración del acuerdo.
Línea 3 Adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo: Hasta el 80% con un tope de 1.500€ por trabajador beneficiario, para la adquisición de elementos tecnológicos necesarios para la implantación efectiva del teletrabajo. La empresa ha de tener formalizado y en vigor, un acuerdo de teletrabajo que cumpla con los requisitos de la Ley del trabajo a distancia 10/2021.
3-Conciliación de la vida laboral y personal.
Se incentivará hasta el 80% con un máximo de 2.000€, la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial, para empresas de por lo menos 5 trabajadores.
Un mes a contar desde el 11 de febrero.
Todas las solicitudes se valorarán en función de criterios tales como: tamaño de la empresa, tasa de estabilidad laboral, incidencia en el entorno geográfico, que la administradora sea una mujer, integración de personas con discapacidad en la empresa, etc.