9 marzo 2017
El 06 de marzo de 2017 salieron publicadas en el DOGA, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la renovación total o parcial de ascensores existentes pertenecientes a comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Su objetivo es incentivar la renovación total o parcial de ascensores existentes pertenecientes a las comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia. La concesión se estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, solamente estará condicionada a la existencia de crédito disponible.
Pueden ser beneficiarios las comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, legalmente constituidas, radicadas en Galicia.
Los beneficiarios deberán estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social y con la Administración Pública.
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables la renovación total o parcial de ascensores existentes pertenecientes a comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal. Estas inversiones deberán permitir al menos, una reducción anual del 35% del uso de la energía convencional o un incremento justificado en la seguridad.
Las actuaciones deberán ser realizadas en ascensores ya instalados y que cuente con el “Rexistro de Aparello Elevador”.
El importe de la ayuda será de un 50% de la inversión subvencionable por ascensor, pero bajo ninguna circunstancia será superior a 10.000 euros por ascensor ni 20.000 por comunidad.
Se podrá anticipar el 25% del importe de la subvención concedida.
Las subvenciones concedidas bajo estas bases son compatibles con otras destinadas a la misma finalidad procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea u otros organismos. No obstante, el importe total de las subvenciones concedidas no podrá superar el 100% de la inversión total subvencionable.
PLAZO DE SOLICITUD: El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 06 de Junio de 2017.
Si su empresa está interesada en solicitar esta ayuda no dude en consultarnos.