Hoy se publica en el Diario Oficial de Galicia, la Orden del 26 de abril de 2019, por la que se establecen las bases de las ayudas a la conciliación por maternidad o paternidad de las personas trabajadoras autónomas.
La concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que, una vez finalizada su baja por maternidad o paternidad, contraten a una persona para ampliar su conciliación de la vida familiar y laboral. La contratación tendrá que realizarse en la comunidad autónoma de Galicia.
Se permitirá que la persona trabajadora autónoma obtenga una compensación por la contratación (contratación realizada en los 15 días siguientes a la finalización de la maternidad/paternidad) de una persona desempleada y anotada como demandante de empleo, durante un período máximo de 1 año y mínimo de 6 meses y así favorecer la conciliación personal y laboral y facilitar la continuidad de su proyecto empresarial.
Serán subvencionables las contrataciones que se realicen con una duración mínima de 6 meses y que se inicien entre el 01/10/2018 y el 30/09/2019.
El importe de la subvención para compensar dicha contratación será de 500€ por mes completo con un máximo de 12 meses de contratación. Con una jornada a tiempo parcial la cuantía será proporcional.
Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente por medios electrónicos y el plazo de solicitud se inicia el 17 de mayo del 2019 y finaliza el 30 de septiembre del 2019.
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