En el día de hoy, 04 de junio de 2019, se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia, la Resolución del 21 de mayo de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio de colaboración con las sociedades de garantía recíproca y entidades de crédito adheridas (financiación Igape-Pymes).
El régimen de concurrencia de estas ayudas es no competitivo.
Las ayudas recogidas en las bases tratan de dar respuesta a las necesidades de financiación detectadas en las pymes gallegas facilitando: préstamos avalados para el crecimiento de las pymes a largo plazo para financiar inversiones productivas, operaciones avaladas para el financiamiento de tráfico comercial y garantías entre terceros vinculadas a operación de tráfico o avales técnicos.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas que cumplan los siguientes REQUISITOS:
También podrán ser beneficiarios las personas físicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, careciendo de personalidad jurídica, cumpla los requisitos anteriores.
No podrán ser beneficiarias: las empresas sujetas a una orden de recuperación de ayudas y las empresas en crisis.
Se considerarán atendibles todas las actividades, salvo las que expresamente se excluyan en cada línea de financiamiento (anexo I de las bases). En todo caso, se excluyen las siguientes:
Las ayudas financieras que se concedan tendrán la consideración de ayuda de minimis.
Estas ayudas se articulan a través de 3 mecanismos financieros:
1.- Préstamos avalados para el crecimiento de las pymes (reaval crecimiento)
Objeto: favorecer el acceso a préstamos a largo plazo para financiar elementos productivos y/o circulante estructural.
Requisitos: además de los requisitos generales, el titular deberá formalizar un préstamo de largo plazo para financiar inversiones productivas (bienes tangibles, intangibles) y/o capital corriente (pago proveedores, nóminas, seguros…)
Condiciones financieras:
Un mismo titular podrá presentar varias solicitudes de ayuda sin que el importe total supere el límite máximo.
2.- Operaciones avaladas para la financiación del tráfico comercial (reaval funcionamiento).
Objeto: favorecer el acceso al financiamiento operativo, para el tráfico comercial mediante líneas de crédito específicas para el adelanto de efectos comerciales y facturas, pólizas de pagos a proveedores y pólizas de comercio exterior.
Requisitos: además de los requisitos generales, el titular deberá formalizar un nuevo contrato de financiación que no implique la sustitución de otro preexistente, en alguna de las siguientes modalidades: líneas de crédito para adelanto de efectos comerciales y facturas, líneas de crédito de comercio exterior o líneas de gestión del pago de las compras o confirming.
Condiciones financieras:
Las líneas de crédito avaladas deberán ser específicas para algunas de las modalidades señaladas.
Un mismo titular podrá presentar varias solicitudes de ayuda sin que el importe total supere el límite máximo.
3.- Garantías ante terceros vinculadas a operaciones de tráfico o avales técnicos (reaval de garantías)
Objeto: favorecer la capacidad de las pymes para otorgar garantías frente a terceros en alguna de las siguientes modalidades: avales financieros para garantizar obligaciones derivadas de contratos de tráfico comercial, avales no financieros ante terceros (avales técnicos) o avales vinculados a licitaciones internacionales.
Requisitos: además de los requisitos generales, el titular deberá formalizar un nuevo contrato de financiación, por lo que se establezca una línea de avales y fianzas prestadas por la entidad de crédito SGR en garantía ante terceros.
Condiciones financieras:
Las líneas de crédito avaladas deberán ser específicas para algunas de las modalidades señaladas.
Un mismo titular podrá presentar varias solicitudes de ayuda sin que el importe total supere el límite máximo.
En todas estas modalidades, el apoyo del IGAPE consistirá en:
1.- GARANTÍA: consiste en un reaval del 25% del riesgo asumido por las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) durante la vigencia de la operación avalado o, como máximo, de 7 años.
2.- SUBSIDIACIÓN DE GASTOS FINANCIEROS: bonificación de tipo de interés nominal y/o de las comisiones de aval de las operaciones de préstamo recogidas en estas bases.
PLAZO DE SOLICITUD: desde el 5 de JUNIO hasta que se produzca una de las siguientes circunstancias:
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