Hoy en el DOGA se han publicado dos ayudas para la mejora, eficiencia y ahorro energéticos, destinados a varios sectores; les resumimos los puntos más destacadas de ambas subvenciones:
1.- Programa de mejora energética:
Dirigido a autónomos y pymes con actividad de comercio, hostelería, artístico-recreativas y otros servicios (Programa Bono energía-pyme):
- Beneficiarios: empresas legalmente constituidas y autónomos, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, dentro de los sectores del Comercio (mayor y menor), hostelería, actividades artísticas y de entretenimiento, otros servicios (peluquerías, otros servicios personales…).
- Proyectos subvencionables:
- Bono envolvente: elementos de control solar (toldos o láminas de control y/o térmico); sólo en color blanco y/o negro y sin publicidad.
- Bono iluminación: renovación de equipos de iluminación interior y/o exterior, incluidos rótulos y escaparates, por otros que utilicen tecnología LED.
- Bono instalaciones eléctricas: mejora de la eficiencia energética en las instalaciones eléctricas (renovación de transformadores, compensación de energía reactiva, instalación de filtros economizadores…).
- Bono equipamiento: renovación del equipo consumidor de energía como cafeteras, lavavajillas, lavadoras, secadoras, planchas, vending, frigoríficos…siempre que se pueda acreditar una cualificación energética B o superior.
- Bono climatización: equipos que permitan reducir el consumo de energía de las instalaciones de climatización, ventilación y agua caliente (sólo instalaciones fijas); deben de tener una potencia térmica superior a 5kw y tener una cualificación energética B o superior. También se subvencionarán recuperadores de calor, sistemas de enfriamiento, mejora de las instalaciones de climatización y sistema de movimiento de fluidos.
- Bono inmótica: sistemas domóticos o inmóticos que permitan gestionar la energía y el gasto energético.
- En todos los casos deberá de acreditarse la mejora energética aportando una memoria técnica detallada.
- La inversión mínima será de 1.000 € (sin IVA); serán subvencionables los gastos e inversiones realizados entre el 01/01/2022 y el 30/09/2022.
- Las concesiones se harán por orden de entrada de las solicitudes.
- Cuantía de la ayuda: 80% del coste con un máximo de 6.000 € por solicitud.
Plazo de solicitud: desde el 06/04/2022 hasta el 14/07/2022.
2.- Programa para proyectos de ahorro y eficiencia energética (industria y servicios).
- Beneficiarios: empresas legalmente constituidas y autónomos, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, incluidas en los sectores de reparación de vehículos, transporte y almacenamiento, hostelería, información y comunicaciones, edición, actividades inmobiliarias, actividades profesionales, científicas y técnicas, administrativas y de servicios auxiliares, educación, actividades sanitarias y de servicios sociales y actividades artísticas (será necesario verificar el CNAE exacto de la empresa); dentro de la industria podrán ser beneficiarias aquellas empresas que se dediquen a la industria extractiva, a la industria de la alimentación, fabricación de bebidas, industria textil, industrial del cuero y el calzado, industria de la madera, entre otras (será necesario verificar el CNAE exacto para poder ser beneficiario).
- Proyectos subvencionables: inversiones en sustitución y mejora de equipos/instalaciones consumidores de energía en el proceso productivo del sector industrial por equipos que utilicen tecnología de alta eficiencia o de mejor tecnología; el ahorro energético debe de ser de un mínimo de un 5%; renovación y mejora en equipos de instalaciones existentes de producción de frio y calor, destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas, por otros equipos de alta eficiencia energética y con mayor rendimiento, el ahorro energético debe de ser de un mínimo de un 20%; mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación que supongan una reducción del 40%; mejora de equipos e instalaciones consumidoras de energía en el sector servicios que impliquen un ahorro energético mínimo del 20%.
- La reducción del consumo y el ahorro tendrá que estar acreditado en una memoria técnica.
- Los trabajos no pueden estar iniciados con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y tendrán una inversión mínima de 10.000 € (sin IVA).
- Las concesiones se harán por orden de entrada.
- Cuantía de la ayuda: 35% del coste de la actuación; se incrementará un 20% en caso de pymes y un 10% en caso de medianas empresas.
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 19/04/2022 al 03/10/2022.