Hoy, el IGAPE publica una línea de ayudas para la adopción de medidas para crear espacios seguros e introducir cambios en la práctica comercial , que faciliten una adecuada reactivación de las actividades económicas después del confinamiento consecuencia del Covid-19.
Beneficiarias:
Las pymes, cualquiera que sea su forma jurídica, con centro de trabajo en Galicia, con menos de 50 trabajadores y que estén de alta en alguno de los siguientes epígrafes:
- Comercio al por mayor.
- Intermediarios del comercio.
- Comercio menor de productos alimenticios, bebidas y tabacos.
- Comercio menor de productos industriales.
- Comercio mixto o integrado (fuera de establecimiento, mercadillos, por internet…).
- Instituciones financieras y de seguros.
- Actividades inmobiliarias.
- Servicios prestados a empresas
- Alquiler de bienes muebles e inmuebles.
- Servicio de limpieza, saneamiento y similares.
- Guardería y enseñanza infantil, así como otras actividades de enseñanza.
- Investigación científica y técnica.
- Consultas estomatología y odontología.
- Consultas y clínicas veterinarias.
- Asistencia y servicios sociales.
- Servicios recreativos y culturales.
- Servicios personales.
- Actividades empresariales de turismo (servicios de alimentación, de hospedaje, agencias de viajes, servicios recreativos y culturales, balnearios.
- Actividades profesionales (salvo médicos y farmacéuticos).
Gastos que se subvencionan:
- Medidas de protección para empleados y clientes en el establecimiento (mamparas en mostradores y caja, vinilos para delimitar zonas, dispositivos de control de aforo, dispositivos de control de temperatura).
- Adaptación del local para evitar contacto con superficies (puertas automáticas, puntos de auto-pago, sensores de luz…).
- Medios de protección e higiene (mascarillas individuales, guantes, dispensadores gel…) la cantidad destinada a este punto no puede exceder del 20% de los gastos subvencionables, por lo que ningún proyecto podrá recoger únicamente este gasto.
- Instalación de equipos para desinfección de superficies, ambientes y productos.
- Contratación de refuerzo de servicios de limpieza; la cantidad destinada a este punto no puede exceder del 20% de los gastos subvencionables, por lo que ningún proyecto podrá recoger únicamente este gasto.
- Adquisición de equipos o realización de obras para la ventilación o renovación del aire en el establecimiento comercial.
- Cartelería y puntos de información sobre las medidas de prevención ante el Covid-19.
- Capacitación específica de las personas trabajadoras para que puedan aplicar los protocolos adaptados a la normativa Covid-19.
- Gastos externos aplicados a la obtención de certificaciones para el cumplimiento de protocolos y medidas.
TODOS LOS PROYECTOS DE APOYO (SALVO LAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES TURÍSTICAS) DEBEN DE DERIVAR DE UN INFORME DE AUTODIAGNÓSTICO EFECTUADO CON LA HERRAMIENTA COMERCIOSEGUROGALICIA, que se tendrá que aportar con la solicitud de la ayuda.
Los proyectos deberán de tener un gasto subvencionable de entre 300 y 1.200 euros (en caso de ayudas para el sector turístico) o entre 1.500 y 3.750 euros (resto de ayudas).
Cuantías:
Empresas sector turístico: con menos de 10 trabajadores y con proyectos con gasto entre 300-1200 euros: ayuda del 100% de los gastos subvencionables, con un máximo de 1.200 euros por empresa. Estas Pymes también pueden optar por la modalidad recogida en el punto siguiente, renunciando expresamente a la ayuda de este párrafo.
Resto de empresas: la cuantía de la ayuda será del 80% con límite máximo por empresa de 3.000 euros.
Periodo de ejecución: gastos realizados entre el 15/03/2020 y la fecha establecida en la resolución de la concesión de la ayuda. No se admitirán gastos abonados en efectivo (es necesaria transferencia bancaria). Plazo de ejecución y justificación no puede exceder del 30/10/2020.
Plazo de solicitud de las ayudas: desde el 26/06/2020 hasta el 31/07/2020 (o hasta agotamiento del crédito).