AYUDAS ASOCIACIONES Y ORGANIZACIONES JUVENILES

EL 23 de mayo del 2016 se publica en el BOE la convocatoria para la concesión de ayudas para el mantenimiento, funcionamiento y equipamiento de asociaciones juveniles, organizaciones juveniles y entidades prestadora de servicios a la juventud de ámbito estatal, para el año 2016.

 

¿CUÁL ES EL OBJETO DE LAS AYUDAS?

El objetivo es fomentar el movimiento asociativo juvenil de ámbito estatal contribuyendo al mantenimiento y funcionamiento de las sedes e infraestructuras centrales de las asociaciones juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito estatal.

 

¿QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS?

Las entidades y organizaciones de carácter no gubernamental, legalmente constituidas e inscritas en el Registro Administrativo correspondiente como las siguientes:

  1. 1. Asociaciones juveniles, Federaciones o Confederaciones de Asociaciones Juveniles.

  2. 2. Secciones Juveniles de entidades sociales u organizaciones no gubernamentales, integradas por los miembros jóvenes de la entidad, que tengan reconocidos en sus Estatutos autonomía funcional, organización y gobierno propio para asuntos específicamente juveniles.

  3. 3. Entidades prestadoras de servicios a la juventud, dedicadas con carácter exclusivo a la realización de actividades en favor de la juventud según previsión expresa en sus Estatutos.

Requisitos:

  • – Tener ámbito de actuación estatal según sus Estatutos.

  • – Acreditar documentalmente sede abierta y en funcionamiento en varias Comunidades Autónomas.

 

¿QUÉ GASTOS SON FINANCIABLES?

La subvención se destinará a cubrir exclusivamente los gastos que estén directamente relacionados con el mantenimiento, funcionamiento y equipamiento de las estructuras centrales de las entidades y organizaciones beneficiaras. Siempre que respondan sin ninguna duda a fines directamente relacionados con la ayuda. Se incluyen:

  1. 1. En el mantenimiento: gastos corrientes de los locales en los que se ubiquen las estructuras centrales de la entidad u organización (arrendamientos inmuebles y bienes muebles como equipos informáticos o fotocopiadoras, pequeñas reparaciones, mantenimiento y conservación, gastos de suministro, material de oficina, primas de seguros y gastos de comunicación).

  2. 2. En el funcionamiento: gastos de las actividades estatutarias y de las tareas de coordinación, asesoramiento, gestión y administración que desarrolla la estructura central de la entidad u organización y comprende: la planificación, la elaboración de estudios, información, orientación, coordinación y asesoramiento dirigidos a sus asociados; gastos de implantación de sistemas de evaluación y de control de calidad, gastos originados por la pertenencia a Organizaciones Internacionales….

  3. 3. En el equipamiento: adquisición de equipamiento únicamente para el local donde se ubiquen las estructuras centrales de las entidades y organizaciones.

No son subvencionables:

  • – Los gastos de amortización de los bienes inventariables.

  • – Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

  • – Los gastos derivados de las sedes o representaciones locales.

 
¿CUÁL ES EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN?

El crédito presupuestario total para estas subvenciones será de 1.362.760 euros.

La cuantía individualizada se establecerá en relación directa con la puntación según los criterios de valoración establecidos, siendo necesario obtener una puntación mínima de 50 puntos para poder ser beneficiario.
 

Presentación de la solicitud hasta el 15 de junio del 2016

Si desea conocer más información sobre estas ayudas no dude en contactarnos