AYUDAS A LA CONTRATACIÓN: PLAN DE EMPLEO MUNICIPAL – (con) trato feito

El día 24 de septiembre de 2016 salen publicadas en el BOP (Boletín Oficial de Lugo) las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a la contratación de personas en el municipio de Lugo.

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    1.OBJETIVO: dinamizar la economía lucense, apoyar la creación de empleo, principalmente de los sectores más desfavorecidos y, al mismo tiempo, contribuir a la generación de una actividad empresarial, respetuosa con el medio ambiente e innovadora con intereses en la aplicación de nuevas tecnologías, a través de la concesión de ayudas en régimen de concurrencias competitiva para el fomento de la creación de empleo a través de la contratación de personas desempleadas en el municipio durante un período mínimo de 12 meses.

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    2.BENEFICIARIOS:

Hay dos líneas de ayudas:

Línea A:

Microempresas que reúnan los siguientes requisitos:

  • -Solvencia técnica.

  • -Inscritas en el Registro Público.

  • -Disponer de los medios técnicos necesarios para que el personal desempeñe las tareas.

  • -Domicilio fiscal el Lugo.

  • -No haber realizado despidos improcedentes o nulos en los 6 meses anteriores.

No serán beneficiarias:

  • -Las empresas sometidas al régimen de “minimis”

Línea B:

Entidades sin ánimo de lucro

Asociaciones, federaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro y que reúnan los mismos requisitos que en la LÍNEA A.

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    3.ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES

Para las dos líneas serán subvencionables:

  • -Costes salariales y de Seguridad Social a cargo de la empresa, derivados de la contratación de personas desempleadas inscritas con al menos 6 meses de antigüedad como demandantes de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo del municipio de Lugo (deben de acreditar dicha antigüedad a la fecha de la publicación de la convocatoria de las ayudas). Deben estar empadronas en el municipio de Lugo con anterioridad a la publicación de las ayudas.

No serán subvencionables:

  • -Horas extras, incentivos, primas o gratificaciones.

  • -Indemnizaciones,

  • -Incrementos salariales.

  • -Ropa de trabajo y EPIS.

Solo será subvencionable la contratación de como máximo 1 persona por empresa y por un máximo de 12 meses.

Las entidades deberán de formalizar un contrato en cualquiera de las modalidades previstas legalmente por un período mínimo de 12 meses, con una jornada a tiempo completo o a media jornada. El contrato deberá ser formalizado por la entidad en los 10 días naturales siguientes a la notificación favorable de concesión.

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    4.IMPORTE DE LAS AYUDAS:

  • -LÍNEA A (EMPRESAS): 70% de los costes salariales y de la cotización empresarial a la Seguridad Social, generados mensualmente en los 12 meses de contratación y en todo caso por una cuantía no superior a la establecida en el Convenio Colectivo de aplicación de acuerdo con la categoría profesional de la persona trabajadora. Se excluyen las contrataciones que se realicen con personas trabajadoras que en los 6 meses anteriores a la fecha de la contratación estuvieran contratados.

En el caso de extinción de la relación laboral de la personas por la que se conceda la subvención la entidad beneficiaria está obligada a cubrir dicha vacante con una nueva contratación temporal en el plazo máximo de 20 día hábiles desde la baja y por un período de tiempo mínimo igual al que restase por cumplir al contrato subvencionable, con igual jornada e iguales requisitos.

  • -LÍNEA B (ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO): 100% de los costes salariales y de Seguridad Social generados durante 12 meses.

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    5.LUGAR Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN: las solicitudes se podrán presentar, acompañadas de la documentación exigida, en el Registro General Municipal y el plazo de presentación será de 20 días naturales desde la publicación de la Convocatoria.

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    6.PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES: siempre que se cumplan los requisitos establecidos anteriormente la comisión asignada para el procedimiento valorará todas solicitudes conforme a los criterios de objetividad, igualdad y no discriminación otorgando una puntuación a cada una de las solicitudes presentadas y hasta un máximo de 10 puntos repartidos de la siguiente manera:

  • -Calidad de la memoria/proyecto y adecuación al objeto de este proyecto: máximo 5 puntos (memoria debe de contener la descripción de la empresa y las medidas adoptadas o que se pretenden adoptar durante el período subvencionable para mejorar la innovación, el empleo de nuevas tecnologías y las redes sociales, que hagan a la empresa más competitiva; medidas a adoptar para ser más respetuosa con el medio ambiente; medidas de carácter social que contribuyan a una mejor calidad de empleo del cuadro de personal).

  • -Atención a colectivos desfavorecidos y compromiso de continuidad en el empleo: máximo 5 puntos (voluntad de la empresa de crear puestos de trabajo entre los colectivos con mayores dificultades en la búsqueda de empleo y de mantener la contratación una vez finalizado el periodo subvencionado).

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    7.JUSTIFICACIÓN Y PAGO DE LA AYUDA: La justificación y solicitud de pago de la ayuda se podrá realizar por trimestres ya vencidos a lo largo del período mínimo de 12 meses de la contratación realizada o bien una vez finalizado el período de 12 meses.

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    8.DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:

  • -Mantener en su cuadro de personal a la persona trabajadora contratada un mínimo d 12 meses; comunicar al Concello de Lugo la baja de la persona contratada y sustituirla por otra en iguales condiciones en un plazo máximo de 20 días hábiles.

  • -Realizar el gasto de los costes salariales subvencionables y sus pagos correspondientes.

  • -Formalizar el contrato de trabajo con la persona trabajadora y darla de alta en la Seguridad Social en un plazo máximo de 10 días naturales desde que le llega la concesión de la ayuda y remitir al Concello la documentación justificativa.

  • -Cumplir la normativa laboral (afiliación, cotización, prevención de riesgos, Ley O. Protección datos, satisfacer las obligaciones económicas de carácter salarial y tributario.

  • -Asumir los costes no subvencionables.

  • -Someterse a las actuaciones de comprobación y control por parte del Concello de Lugo.

Si su empresa está interesada en solicitar ésta ayuda no dude en consultarnos y le orientaremos de los trámites a seguir así como el coste que supondrá dicha tramitación.